DISPOSITIVA
Por las consideraciones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el abogado CARLOS ALBERTO BONILLA ALVÀREZ, en su condición de Defensor Privado de los acusados BERNARDINO MALVACIA ANDRADE, JOSÈ MALVACIA YEPEZ, RITO ELENA MALVACÌA ANDRADE Y DENNY RAMÒN BRITO PARRA; SEGUNDO: Se CONFIRMA la decisión dictada en fecha 12 de Septiembre de 2011, por el Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control N° 01, de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual 1) Se ratifico la Medida Privativa de Libertad de los imputados Bernardino Malvacia Andrade, José Malvacia Yépez, Rito Elena Malvacia Andrade y Denny Ramón Brito Parra, ordenándose su reclusión en la Comandancia de la .....