Por las motivaciones de hecho y de derecho antes expuestas este Tribunal Superior del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede Guanare, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA:
LA REPOSICION DE LA CAUSA, al estado de que el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio con Competencia en Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, sede Acarigua, proceda a admitir la apelación interpuesta únicamente en el efecto devolutivo y de continuidad al procedimiento; en consecuencia, SE DECLARAN NULAS las actuaciones de fecha 10 de octubre de 2018 que cursan en las actas del expediente V-2016-000229 en cuyo contenido se oye la apelación en ambos efectos y oficio de remisión a esta Instancia Superior; todo de conformidad con lo dispuesto en los ar.....