DECLARA CON LUGAR la solicitud de divorcio, fundamentada en el Artículo 185-A del Código Civil y por consiguiente Disuelto el Vinculo Matrimonial contraído por los Ciudadanos PALMENIA JOSEFINA MOGOLLON COLMENAREZ y JORGE ANTONIO GUDIÑO ALDAZORO, por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Tamaca del Municipio Iribarren del Estado Lara, en fecha 16 de Julio de 1999, bajo el acta Nro. 300, folio 003 Fte, del Libro de Registro Civil de matrimonios llevados por ese Despacho durante el año 1999. En lo concerniente a La Patria Potestad de los hijos