Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE NACIMIENTO del ciudadano: DOMINGO ANTONIO CANELONES PALMA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.255.512, inserta bajo el Nº 2.085, de fecha 30-10-1964, de los libros de Registro de Nacimientos llevado por ante el Registro Principal del Municipio Guanare estado Portuguesa, durante el referido año.
SEGUNDO: Como consecuencia de la anterior declaratoria, se ORDENA LA RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE NACIMIENTO antes descritas, en lo que respecta al apellido del padre del solicitante, el cual se asentó erróneamente como "COLMENAREZ", siendo lo correcto "CANELONES", y así debe aparecer escrito.