este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en función de Juicio N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta el presente auto de SOBRESEIMIENTO, al ciudadano (occiso) JOSÉ GREGORIO RIVAS GALÍNDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número: 16.966.336, soltero, residenciado en la calle 7 entre avenidas 18 y 20, casa N° 3-58 del barrio La Coromoto de la ciudad de Araure del estado Portuguesa, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, AGAVILLAMIENTO y CONTRA LA SEGURIDAD DE LOS MEDIOS DE TRANSPORTE, previsto y sancionados en los artículos 460, 278, 287 y 358 del Código Penal vigente para la fecha de los hechos, de conformidad con lo establecido en los artículos 48 numeral 1 y 318 numeral 3, ambos del Código Orgánico Procesal Penal.