Este Tribunal ordena oficiar a la Comandancia General de Policía José Antonio Páez, a los fines de que se asegure el cumplimiento del tratamiento ordenado por el médico tratante y que sea aislado de los demás reclusos con el objeto de evitar una posible contaminación de los mimos, de igual manera deberán informar inmediatamente a este Tribunal sobre el estado de salud del acusado ANDRES OLIVO MEJIAS, de conformidad con el artículo 83 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Ahora bien, con respecto al escrito presentado por la Abogada CARMEN BERMUDEZ, en su condición de defensora del acusado ANDRES OLIVO MEJIAS, cursante a los folios 141 y 142 de la décima quinta pieza, en el cual solicita de este Tribunal decrete una medida cautelar sustitutiva al mencionado acusado, en base al artículo 245 del Código Orgánico Procesal Penal. Considera este Juzgador que conforme al informe consignado por el Médico Forense, la enfermedad que padece el mencionado acusado, no es un.....