Por lo anteriormente plasmado, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en Funciones de Juicio Sección Adolescente, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: Declarar con lugar lo peticionado por el defensor Público Abg. Luís Alberto Arocha y en consecuencia, sustituye la medida de detención preventiva impuesta al acusado IDENTIDAD OMITIDA POR RAZONES DE LEY, venezolano, natural de Guanare Estado Portuguesa, de 17 años de edad, nacido en fecha 11/09/1993, soltero, obrero, portador de la cédula de identidad personal Nº V- 24.908.522, hijo de Blanca Pérez y Luís Matheus, residenciado en la Urbanización Virgen de Coromoto, calle C, casa C-09, Guanare estado Portuguesa, por la medida cautelar contenida en el artículo 582 literal "a" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, consistente en arresto domiciliario a cumplir en la dirección antes menci.....