Vista la anterior diligencia presentada por los ciudadanos: ANA EVELEIDA WEBER LOYO y CARLOS EDUARDO MATUTE CARBALLO, venezolanos, mayores de edad, domiciliados en el Barrio La Plaza, carrera 07 entre calles 5 y 6, la primera y el segundo en el Barrio el Cementerio, carrera 11 entre calles 3 y 4 ambos del Municipio Guanarito del Estado Portuguesa, donde desisten del procedimiento en el presente juicio de Rectificación de Acta de Matrimonio; por cuanto tal actuación no es contraria a derecho y versa sobre derecho disponible. Este Juzgado de los Municipios Guanarito y Papelón de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; le imparte su Homologación al desistimiento por las partes actoras, de conformidad con lo establecido en el articulo 263 del Código de Procedimiento Civil Vigente. ASI SE DECLARA..