DISPOSITIVA
Por las consideraciones de hecho y de derecho antes señaladas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa extensión Acarigua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, SUSTITUYE al acusado MARIO APARICIO COLMENARES, titular de la cédula de identidad N° 15.213.338, la medida de privación de libertad decretada por el Juez de Control N° 2 de este Circuito y extensión Judicial Penal, en fecha 10 de diciembre de 2004, por la medida cautelar sustitutiva de libertad de la señalada en el artículo 256 ordinal 8° del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en la presentación ante esta instancia de dos fiadores de reconocida conducta, con capacidad economica y residenciados en el territorio Nacional, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 258 y 264 del Código Orgánico Procesal Penal y al haber variado considerablemente las condici.....