Vista la conciliación celebrada por los ciudadanos ROSY LENI RODRÍGUEZ MARQUEZ y JOSE VICENTE LOZADA GODOY, titulares de la Cedula de Identidad No. 13.740.299 y 13.530.778, respectivamente, por ante Este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Niño, Niña y Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en fecha Dieciséis de Marzo del 2011, sobre la OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN del ciudadano JOSE VICENTE LOZADA GODOY, en beneficio de la adolescente ......................................................, de doce (12) años de edad, y en consecuencia el Demandado cancelará por concepto de revisión de obligación de manutención, la cantidad de 200 bolívares mensuales y en los meses de octubre y diciembre la cantidad de 700 bolívares, para cancelar parte de los gastos por concepto de uniforme, útiles escolares, vestuarios y calzado. El dinero por estos conceptos deberá ser entregado por mensualidades adelantadas, directamente a la ciu.....