1. Admite totalmente la acusación presentada por el Ministerio Público, representado en este acto por el Fiscal Primero, Abogado Rafael Enrique Vívenes contra el ciudadano: PELLORÍN DELGADO ALÍ RAFAEL, venezolano, natural de Guanare, Estado Portuguesa nacido el día 12-08-1.974, de 31 años de edad, de estado civil soltero, de profesión obrero, Identificado con cédula N° 14.389.227, residenciado en el Barrio "San Rafael ", sector La Colonia, (frente a la Cauchera "el Berraco"), Guanare, Estado Portuguesa, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE AUTORÍA, previsto, y sancionado en el artículo 460 del Código Penal vigente para la fecha de comisión del hecho, cometido en perjuicio del Ciudadano RODIRGUEZ ANTONIO,, declarándose procedente la calificación jurídica solicitada por la parte Fiscal. Así se decide.
2. Se admiten las pruebas ofrecidas por el Ministerio Público constituidas por documentales, y testimoniales precedentemente enumeradas, las cuales se consideran pert.....