DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Primero del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A propuesta por los ciudadanos: : ANTONIO JOSE CANELON BRICEÑO y MARIA YADIMIR BLANCO TERAN venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nº V- 12.648.719 y V-13.329.188 respectivamente.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada. Dada, sellada y firmada en la Sala del Juzgado Primero del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa. En Guanare, a los diecisiete (17) días del mes de Abril del dos mil trece. Años 202° de la Independencia y 153° de la Federación.
El Juez Provisorio,
Abg. Henry Ramón Rodríguez Guevara
La secretaria,
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