Por lo antes expuesto, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa en funciones de control, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, NIEGA LA PROTECCION a favor; Ciudadano ALBERTO ANTONIO PRADO BOSCAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.371.725, albañil, residenciado en el barrio San José, calle 1, casa sin N°, cerca del Liceo Angulo Ariza de Guanare estado Portuguesa; de esta ciudad de Guanare estado Portuguesa.
Archívese la solicitud con anexo de lo decidido, y particípese a la Fiscal Superior (E) del Ministerio Público.