En consecuencia, la liquidación del 7,40 % de la alícuota parte del total depositado en este despacho por la solicitante correspondiente a los cánones de arrendamientos del local comercial, en atención a las consideraciones anteriores esta Juzgadora NIEGA lo solicitado por ser improcedente y en cuanto a que se tome la corrección pertinente a los beneficiarios y titularidad de la cuenta bancaria, se ordena al Arrendatario efectuar los depósitos a favor de la beneficiaria sucesión GUEDEZ GOMEZ y sucesión CADET GUEDEZ, en sustitución de Inmobiliaria Mayuper C.A. debido a que el contrato de administración fue rescindido, una vez efectuados los trámites a los fines de la sustitución del beneficiario de la Cuenta de Ahorro a nombre de éste Tribunal signada con el N° 0014280010104391, que en adelante serán las mencionadas sucesiones. Líbrese oficio a la entidad bancaria BANFOANDES.