En virtud de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior del Trabajo de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACION interpuesto en fecha 11 de marzo de 2006, por la abogado Francis Rivas, en su condición de apoderada judicial de la parte actora ciudadano Alfonso Escalona Delgado, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 3.736.619 y de este domicilio y CON LUGAR EL RECURSO DE APELACION interpuesto en fecha 07 de febrero de 2006, por la abogado Veda Cedeño, en su condición de apoderada judicial de la parte accionada COMPAÑÍA ANONIMA NACIONAL TELEFONOS DE VENEZUELA (CANTV), debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil que llevó el Juzgado de Comercio del Distrito Federal, bajo el Nº 387, domiciliada en Caracas, con oficinas y representación patronal en Barquisime.....