Por los fundamentos anteriormente expuestos este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y con competencia transitoria en Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación ejercido en fecha 10/03/2.006 por el ciudadano Vicente Matera Barrios, asistido por los abogados Mary Dena Zamora Castillo y José Manuel García, contra el auto dictado en fecha 03/03/2.006 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa.
SEGUNDO: CON LUGAR la oposición formulada por el demandado, en consecuencia, se suspende el juicio de cuentas, entendiéndose citadas las partes para la contestación de la demanda la cual tendrá lugar dentro de los cinco días siguientes .....