Se ordena la APERTURA A JUICIO ORAL Y PÚBLICO, a los ciudadanos: MARIA BRAULIA QUIROZ, Indocumentada, venezolana de 35 años de edad, soltera y residenciada en la calle 15 casa N° 17 en eL Barrio El Saman, Acarigua, Estado Portuguesa, y SERGIO DE JESUS OLIVA DELGADO, venezolano, natural de Acarigua, de 30 años de edad, soltero, comerciante, titular de la cedula de identidad N° 14.271.361, residenciado en la calle 15 casa N° 17 en el Barrio El Saman, Acarigua, Estado Portuguesa, por la comisión del delito de DISTRIBUCIÓN ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, cometido en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO