En atención a los motivos expuestos este Juzgado de Primera Instancia en función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA EXTINGUIDA LA PENA, por cumplimiento de las condiciones impuestas en el otorgamiento del beneficio de Suspensión Condicional de Ejecución de la Pena, al ciudadano CALIX SERENO JIMENEZ SERENO, titular de la cédula de identidad N° V-12.009.665, natural de Guanare, Estado Portuguesa, nacido en fecha 30/08/1974, soltero, de profesión obrero, residenciado en el Barrio Unión, calle principal casa N° 25-10 Guanare Estado Portuguesa, por la comisión de delito Robo Agravado en Grado de Complicidad, previsto y sancionado en el artículo 460, en relación con el artículo 84 ordinal 1° ambos del Código Penal, en perjuicio de los ciudadanos Héctor Jesús Contreras Canelones y Raúl Ramos Linares, todo de conformidad con lo establecido en los artículos.....