VII-
DISPOSITIVA
Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: La ilegitimidad de la APELANTE por carecer del mandato o poder, toda vez que le fue revocado, para gestionar en la presente causa, en nombre y representación de los demandantes, ciudadanos Luz Mary Oropeza De Peraza, Bexi Virginia Oropeza Camacho, Elza Minerva Oropeza Camacho, Migdalia Del Valle Oropeza Camacho, Neil Armstrong Oropeza Camacho, Gisela Yvonne Oropeza Camacho y José Luis Oropeza Vargas.
SEGUNDO: Inadmisible la apelación de fecha 24 de enero de 2023, ejercida por la abogada Aura Pieruzzini, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora.
TERCERO: Nulo el auto de fecha 01 de febrero de 2023, dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia.....