Por estas razones que se corresponde a la realidad, tal como se evidencia en copia certificada de la decisión que cursa en cuaderno de apelaciones, emitido por esa Superior Instancia, la cual anexo al presente, es por lo que me encuentro obligada a inhibirme en el asunto bajo estudio, en virtud de las animadversaciones que han conseguido inspirarme el Abogado José Ángel Añez, no siendo costumbre hacerlo, pero ante tal circunstancia, es por lo que peticiono, con el debido respeto que irradia la investidura de los honorables magistrados de la Corte de Apelaciones, sea declarada con lugar la presente Inhibición de conformidad con lo dispuesto en el artículo 86 numeral 4º del Código Orgánico Procesal Penal, exponiendo con absoluta sinceridad un sentimiento que me impide cumplir con el deber respectivo de asumir como Juez en los asuntos en los cuales este Abogado, desempeñe la defensa técnica, aun en la fase en que se encuentra el proceso, ya que es mi deber garantizar el derech.....