En virtud de lo anterior, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, actuando en Sede Constitucional en Alzada, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación ejercida en fecha 05/05/2015, por el abogado José Daniel Mijoba, apoderado judicial de los terceros interesados, en contra de la decisión dictada en fecha 04 de mayo de 2015, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa
SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia dictada en fecha 04 de mayo de 2015, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, que declaró con lugar la acción de amparo constitucional, pero SE MODIFICA por c.....