Por consiguiente, revisado como ha sido el derecho, en base a la presunción de admisión de los hechos alegados por el demandante y por cuanto la pretensión propuesta por el actor, no es procedente en derecho, al no quedar admitida la solidaridad de la empresa beneficiaria Cayca Alimentos C.A con el contratista Alberto Solano, único patrono del ciudadano José Gregorio Lee Linares, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, forzosamente, DECLARA SIN LUGAR LA ACCION INTENTADA, por el ciudadano José Gregorio Lee Linares contra la Sociedad Mercantil Cayca Alimentos C.A.