En virtud de lo anteriormente expuesto, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede en la ciudad de Acarigua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la reclamación por Prestaciones sociales y otros conceptos, interpuesta por JUAN BAUSTISTA COLMENAREZ RAMIREZ y LUIS ENRIQUE FALCON MARTINEZ contra SEGURIDAD INDUSTRIAL O-A, C.A, todos arriba identificados.
SEGUNDO: Se condena a la identificada demandada, a pagar la cantidad de Setenta y Cinco Mil Doscientos Treinta y Nueve Bolívares Con Ochenta y Seis Céntimos (Bs. 75.239,86).
TERCERO: Se condena en costa a la demandada por resultar vencida en todos los conceptos reclamados.
CUARTO: Se condena a la demandada al pago de las resultas que arroje la experticia complementaria del fallo.