DISPOSITIVA:
Con fundamento en lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, actuando en Sede Civil, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la ACCIÓN MERO DECLARATIVA DE CONCUBINATO, incoada por la ciudadana: DINA CRYSTIEVAN GUDIÑO BRICEÑO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.645.449, declarándola CONCUBINA en vida del ciudadano MARIANO ALBERTO BREÑA LANDAETA, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.070.882, unión estable de hecho que se inició el día primero de agosto del año dos mil diecinueve (01-08-2019) y se mantuvo hasta el treinta de agosto del año dos mil veintiuno (30-08-2021), fecha en que falleció el de Cujus.
SEGUNDO: Confiriéndole el Tribunal a la concubina todos los efectos de la sentencia vinculante prof.....