Por todo lo expuesto en nombre de la República y por Autoridad de la Ley se declara improcedente la Desestimación de la Denuncia de la ciudadana MINERVA DEL CARMEN MONTILLA en contra del adolescente (Identidad Omitida), por el delito de Abuso Sexual, previsto en el artículo 259 de la LOPNA. Se ordena el envío de las actuaciones a la Fiscalía del Ministerio Público para que realice lo pertinente.