En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: COMPETENTE para conocer el presente recurso de apelación interpuesto por la abogada SOCORRO TERESA CAMPOS MONTESINOS, actuando en su condición de Inspectora del Trabajo Jefe, de la parte apelante en el presente recurso de apelación (acción de amparo constitucional), INSPECTORIA DEL ESTADO PORTUGUESA, CON SEDE EN LA CIUDAD DE ACARIGUA, contra la decisión publicada en fecha 27 de junio del año 2012 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Circuito del Trabajo del estado Portuguesa, con sede en Acarigua, por las razones expuestas en la motiva.
SEGUNDO: SIN LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por la abogada SOCORRO TERESA CAMPOS MONTESINOS, actuando en su condición de Inspectora del Trabajo Jefe, de la parte apelant.....