DISPOSITIVA
En vista de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N°.: 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Administrando Justicia CALIFICA LA FLAGRANCIA Y ORDENA LA APLICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO ABREVIADO, de conformidad con los artículos 248, 372 y 373 del Código Orgánico Procesal Penal y DECRETA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD a las imputadas BLANCA DEL CARMEN RODRÍGUEZ y DULCE MARGARITA PARRA, por la comisión del delito de TRÁFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el Artículos 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, cometido en perjuicio del: ESTADO VENEZOLANO..
Se ordena remitir las actuaciones al Juez de Juicio Unipersonal que corresponda por distribución el conocimiento de la presente causa y se convocan a las partes apa.....