DISPOSITIVA
Este Tribunal, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, ORDENA LA RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO, de la ciudadana JUANA RAMONA QUERO, inserta bajo el Nº 360, folio 131 frente, Tomo II del Libro de Registros de Nacimientos llevado por ante la Prefectura del Distrito Páez, Estado Portuguesa, durante el año mil novecientos cuarenta y cinco (1.945), dejándose establecido que los verdaderos nombre del padre y la madre de la solicitante es ¿JUAN BERNARDO JUARÉZ¿ y no ¿JUAN VENARDO JUARÉZ¿ y ¿ MARIA MEMESIA QUERO¿ y no ¿MARIA DEMENCIA QUERO¿.-
De conformidad con los Artículos 503 del Código Civil y 774 del Código de Procedimiento Civil, remítanse las copias certificadas.-Publíquese, regístrese y déjense copias certificadas.-
Dada, sellada y firmada en la Sala del Juzgado Segundo de Primera Instancia, en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado.....