III
DISPOSITIVA.
Finalmente, este Juzgado 1ero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del estado Portuguesa en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: DESISTIMIENTO DE LA ACCIÓN por Cobro de Beneficios Sociales y Otros Conceptos Laborales intentada por el ciudadano MARCOS ANTONIO MENDEZ RIERA contra la ALCALDIA DEL MUNICIPIO PAEZ DEL ESTADO PORTUGUESA.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas conforme al artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
TERCERO: Se ordena la publicación de la presente decisión en la página WEB del Tribunal Supremo de Justicia en el sitio denominado Región Portuguesa, correspondiente en el portal informático http://portuguesa.tsj.gov.ve/. Así como en la cartelera del Tribunal.
La Juez, La Secretaria,
ABG. LISBEYS ROJAS MOLINA ABG. WENDY GIL.