DISPOSITIVA:
En fuerza de las consideraciones antes expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE la pretensión por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE COMPRA VENTA, incoada por el ciudadano: DOMÉNICO CANTELMI JEWTUSCHENKO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.059.294, contra el ciudadano: OSCAR RAFAEL CAMACHO CHIRINOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-25.403.714. Así se decide.
No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de la presente decisión.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión, a los fines del artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, sellada y firmada en la Sala del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil .....