DISPOSITIVA
EN atención a los motivos expuestos este Juzgado de Primera Instancia en función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA EXTINGUIDA LA PENA, por cumplimiento de las condiciones impuestas en otorgamiento del beneficio de Suspensión Condicional de Ejecución de la Pena, al ciudadano GARCÍA VALERO JHONNY GABRIEL, venezolano, natural del Caserío Botucal, Municipio Guanarito Estado Portuguesa, en fecha 01/05/1980, hijo de Virgilio Valero e Isabel García, residenciado en .el Caserío Botucal, casa sin numero, Municipio Guanarito y titular de la Cédula de Identidad Nº 17.003.831, de conformidad con el artículo 497 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el Artículo 105 del Código Penal, por la comisión del delito de Lesiones Personales Intencionales, previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Orgánico Procesal Penal, en.....