DISPOSITIVO
Por los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control Nº 2 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con fundamento en el artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal, RESUELVE:
PRIMERO: Admite totalmente la acusación formulada en fecha 23 de Noviembre de 2011 por la Ciudadana Fiscal Segunda del Ministerio Público en contra de CLAIRE LARISSA PÉREZ CÓRDOVA, quien dijo ser de Nacionalidad Venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nº V-12.239.169, natural de Baruta, Estado Miranda, nacida en fecha 12 de Noviembre de 1973, hija de Enrique Pérez Martínez y América de Pérez, de estado civil soltera, de ocupación secretaria, residenciada en la Urbanización La Granja, Calle B, casa Nº C10, Guanare, Estado Portuguesa;
SEGUNDO: Se admiten totalmente los medios de prueba ofrecidos por el M.....