Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, declara: 1) CON LUGAR la pretensión mero declarativa de concubinato incoada por la ciudadana María Sorfi Mena, en contra del ciudadano Yefferson Gabriel Mata Mena, la cual se mantuvo desde el 05 de Enero del año 1981, hasta el día 05 de Octubre del año 2.013, fecha en que se extinguió el concubinato por el fallecimiento del ciudadano Santiago de Jesús Mata Piña.