´DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio, propuesta por la ciudadana: AIDEE MAGDELINE RAMIREZ SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.364.702, con citación de su cónyuge EULICE JOSÉ PACHECO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 20.317.943, de conformidad con lo establecido en el Artículo 185 del Código Civil.
SEGUNDO: En consecuencia, bajo la premisa del Artículo 184, queda DISUELTO el vínculo conyugal contraído por los ciudadanos: AIDEE MAGDELINE RAMIREZ SANCHEZ y EULICE JOSÉ PACHECO, en fecha ocho de diciembre del año dos mil dieciséis (08/12/2016), por ante el Registro Civil de la Parroquia San.....