DISPOSITIVO
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, actuando en sede constitucional y administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL signado con el Nº PP01-O-2008-000006, intentada por la abogada ROSA MARITZA CEBALLOS OLLARVES, actuando en este acto en su condición de co-apoderada de la empresa ARROZ DE ACARIGUA C.A., contra las decisiones dictadas en fecha 24 y 28 de octubre del año 2008 por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, con sede en Acarigua.
SEGUNDO: Se ordena suspender la MEDIDA CAUTELAR acordada según auto emanado de esta sede constitucional de fecha 30-10-2008, a partir del dictamen proferido e formal oral, en fecha 10 de noviembre de 2008, todo por l.....