En virtud de los fundamentos de hecho y de derecho antes explanado, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se CONFIRMA la sentencia dictada en fecha 03 de Junio de 2.014 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en consecuencia se declara Nulo el Matrimonio Civil
entre los ciudadanos Rut Esther Mujica Núñez y Jak El Abbas El Hakim, celebrado el día 16 de Octubre de 2.012.
SEGUNDO: No existe condenatoria en costas debido a la naturaleza del fallo.