DISPOSITIVA
Así decidió este Juzgado de Control N° 2, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declaró extinguida la acción penal en los actos de investigación iniciados contra el ciudadano BONILLA JOSÉ BENITO, venezolano, nacido en Los Posuelos de Campo Elías estado Trujillo, en fecha 04 de Abril del año 1950, titular de la Cédula de Identidad nº 8.060.467, y residenciado en el Sector Cerro de Paja, entrada al Caserío Las Cruces Municipio Guanare; por la comisión del delito de Aprovechamiento de ganado proveniente de hurto, previsto en el artículo 14 de la Ley Penal de Protección a la Actividad Ganadera, en perjuicio del ciudadano Manuel Lorenzo Torres, así también el sobreseimiento, todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 40, 48 numeral 6 y 318 numeral 3 todos del Código Orgánico Procesal Penal.
Queda.....