DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que La Ley Le Confiere: CALIFICA COMO FLAGRANTE LA APREHENSIÓN, de conformidad con lo establecido en el Artículo 93 de la Ley Orgánica Sobre el derecho de las Mujeres a una vida libre de violencia; Decreta Medida Cautelar Sustitutiva a la `Privación de libertad al imputado Juan Luis Morales, venezolano, de 32 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 13.605.576, soltero, natural de Guanare Estado Portuguesa, fecha de nacimiento 02/02/1977, taxista y residenciado en la Barrio El Progreso, sector 3, calle 17, casa sin número, de la ciudad de Guanare del Estado Portuguesa; se le IMPONE LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD Y PROTECCION, prevista en el artículo 87 numeral 5º y 6º de Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida L.....