D I S P O S I T I V A
Por los motivos de hecho y de derecho antes expuestos y por cuanto no hubo oposición a la presente solicitud, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa con sede en Guanare, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley DECLARA: Suficientes las diligencias y pruebas evacuadas para asegurarle al adolescente Identificación Omitida por Disposición de la Ley , de catorce (14) y once (11) años de edad, respectivamente, ut-supra identificados, el derecho de propiedad y posesión sobre unas bienhechurías construidas en una Parcela de terreno Municipal, la cual tiene un área de TRESCIENOTS CUARENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON CINCUENTA CENTÍMETROS (343,50 M2) aproximadamente, ubicada en la Avenida 07 entre calles 9 y 10 del Barrio Sol de Justic.....