este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal (unipersonal) en función de Juicio N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ABSUELVE al acusado: FRANCISCO JOSÉ ARIAS NAVARRO, venezolano, titular de la cédula de identidad Nro. V-19.053.395, de 18 años de edad, soltero, de Oficio o Profesión Estudiante, residenciado en la Urbanización del Este, manzana 4, calle 2, casa N° 4 Acarigua Estado Portuguesa, por la comisión del delito de HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado en el artículo 409 del Código Penal vigente, cometido en perjuicio de quién vida respondiera al nombre de RODRIGO ANTONIO GARCIA GONZALEZ, todo de conformidad con el artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal.