Mediante auto de admisión dictado el 16 de enero de 2013, se fijo el día y la hora para que fueran presentados en calidad de testigos los ciudadanos Juan Morillo y Francelia León, para ratificar los documentos cursantes en el folio 17 y folio 18 del expediente, para el tercer día despacho siguiente al auto de fecha 16/01/2013 a las 2.00pm de la tarde y 2:30 de la tarde, y llegada esa oportunidad los mismo no comparecieron según se puede constatar del acta levantada el 23/01/2013, cursante a los folios 6 y 7 de la segunda pieza del expediente.
De manera que estos medios probatorios fueron admitidos conforme a derecho y se ordeno su evacuación según los autos de sustanciación, y las pruebas una vez admitidas en este caso la prueba testimonial puede la parte promovente solicitar al tribunal de la causa que le fijen nueva oportunidad para la declaración del testigo, siempre y cuando el lapso de evacuación no se haya agotado, así lo establece el Articulo 483 del Código de Procedimiento Civ.....