DISPOSITIVA:
Por las razones expuestas este JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO PÁEZ DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la demanda de rectificación planteada por la ciudadana MARITZA RAMONA QUEVEDO COLMENAREZ y, en consecuencia, SE RECTIFICA la partida de nacimiento Nro. 347 inserta en fecha 20 de Marzo de 1961 en los Libros de Registro Civil de Nacimientos llevados por la entonces Prefectura Civil del Distrito Páez del Estado Portuguesa, en el sentido de que en lo adelante la progenitora de la demandante tiene por nombres ANGELA LUISA.
Ofíciese lo conducente a las autoridades del Registro Civil correspondiente con copia certificada por Secretaria de esta Sentencia, a los fines previstos en el Artículo 502 del Código Civil.
Dictada, firmada y refrendada en la Sala de Despacho del JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO PÁEZ DEL SEGU.....