Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la apelación interpuesta en fecha 30/10/2.014 por la abogada Fanny Bonilla Mendoza, en su carácter de apoderada de la parte demandada, ciudadana Norelis Margarita Saa en contra del auto dictado en fecha 28/10/2.014 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa.
SEGUNDO: SE REPONE LA PRESENTE CAUSA al estado de que el Tribunal de la causa proceda a evacuar y a esperar la prueba de informes promovida por la parte demandada en el escrito de promoción de pruebas de fecha 14 de octubre de 2.014, a los fines de que al momento de dictarse sentencia definitiva, se anali.....