Por los fundamentos legales antes expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en Función de Control N° 2, Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara con lugar la solicitud formulada por la Fiscalia Quinta del Ministerio Público, consistente en la desestimación de la presente causa, de conformidad con lo establecido en el articulo 301 del Código Orgánico Procesal Penal, a favor de la adolescente IDENTIDAD OMITIDA, por la presunta comisión de los delitos de Amenaza de Muerte y Daños a la Propiedad, en perjuicio de la ciudadana Eliveria del Carmen Montilla. Se acuerda devolver las actuaciones ala Fiscalia Quinta del Ministerio Público, una vez que transcurra el lapso legal para ejercer los recursos permitidos por la ley, todo de conformidad con el articulo 302 ejusdem. Así mismo se acuerda a notificar a las partes de la presente decisión.
En la ciudad .....