Es por estos razonamientos que este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Agua Blanca y San Rafael de Onoto del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la Solicitud de Divorcio presentada por los ciudadanos: SUYIN NATYBEL CONTRERAS TERAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-20.024.651, y JUNIOR GREGORIO JIMENEZ RIVAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-19.353.935, de conformidad a lo que dispone el Artículo 185 del Código Civil, en consecuencia se DECLARA disuelto el vínculo conyugal contraído por ellos el día Veinticuatro (24) de Marzo de Dos mil Diecisiete (24-03-2017) por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Agua Blanca, Estado Portuguesa, según consta en Acta de Matrimonio Nº 20, folio: 20. Dada, firmada y refrendada en la Sala de Audiencias del Tribuna.....