En fuerza de las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia, en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR, la presente querella de INTERDICTO RESTITUTORIO POR DESPOJO incoada por la Empresa Mercantil M.P.S.G. INVERSIONES, C.A., contra las ciudadanas MARIA COLINA DOLORES, MERLY CAROLINA PINEDA GONZÁLEZ, AILEC DEL VALLE GIMÉNEZ VERA, MELIDA ROSALÍA GIMÉNEZ VERA y MARIELA YAMILET GIMÉNEZ VERA, suficientemente identificadas en la sentencia.
SEGUNDO: Se condena en costas procesales a la parte querellante por haber resultado totalmente vencida en conformidad con el Artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.-
Por haberse dictado la sentencia Un (1) día después de la fecha que correspondía su publicación, en razón de la incorporación del juez de sus vac.....