En virtud de los fundamentos precedentemente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación ejercida en fecha 05 de Diciembre de 2.014 por el abogado Julio Castellano Pacheco, en su carácter de defensor judicial del demandado, ciudadano Gabriel Eduardo Bolívar Durán en contra de la sentencia dictada en fecha 03 de Diciembre de 2.014, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa.
SEGUNDO: Queda NULA la sentencia dictada en fecha 03 de Diciembre de 2.014 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa. En consecuencia se ordena la REPOSICIÓN DE LA CAUSA a.....