TERCERO
Por las razones expuestas, Este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 1 de la Sección de Responsabilidad Penal de Adolescentes, del Circuito Judicial Penal del estado Portuguesa, actuando en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley: DECRETA:
PRIMERO: Se Homologa el Acuerdo Conciliatorio celebrado entre las partes EL ADOLESCENTE (IDENTIDAD OMITIDA)Y LAS VICTIMAS Carmen Esperanza Uzcategui Briceño y el Adolescente: (IDENTIDAD OMITIDA), tenor de lo establecido en el Artículo 566 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, y queda Suspendido el Proceso a Prueba por el Lapso de Cuatro (04) Meses.
SEGUNDO: Se impuso al Adolescente Imputado: (IDENTIDAD OMITIDA), al cumplimiento de las siguientes condiciones 1.- La Obligación de Recibir Orientaciones Psicológicas, ante el Equipo Técnico Multidisciplinario, adscrito a la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente, 2.- La Obligación de Estudiar y.....