DISPOSITIVA
Con fundamento en las consideraciones que anteceden, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, con sede en Guanare, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 330 del Código Orgánico Procesal Penal, resuelve lo siguiente:
1) Admite totalmente la acusación presentada por la Representación Fiscal contra el acusado Domingo Alvarado Escalona, calificando Jurídicamente el delito de Ocultamiento Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Trafico y Consumo Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio del Estado Venezolano, desestimándose el petitorio de la defensa en cuanto al cambio de calificación jurídica, por considerar este tribunal que el monto de sustancia ilícita incautada al imputado, excedo .....