Evacuadas las justificaciones de las ciudadanos: BLANCA ROSA MUJICA y JOSE LUCAS BERRIOS BERRIOS, venezolanos, mayores de edad, domiciliados, en el Barrio Buenos aires, calle principal, vía mesa alta en Guanare, Municipio Guanare estado Portuguesa y titulares de las cédulas de identidad Nros. V.- 7.080.045 y V.- 9.260.121, respectivamente por ante éste Tribunal, al ser conteste sus dichos y al no haberse realizado Oposición alguna sobre el mismo, es por lo que este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, y de conformidad con dispositivo legal del Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara estas justificaciones suficientes para asegurarle a la ciudadana: SILVA DEL CARMEN OCHOA SANCHEZ , ya identificada, la Posesión de unas bienhechurías construidas sobre un lote de terreno de su Propiedad, con un área total de Doscientos Ocho Metros Cuadrados con Treint.....